17 enero 2021

Los Héroes de la Escoba


Gracias Compañeras y compañeros.


Vemos en las televisiones cómo la UME limpia Madrid. Gracias a la UME por ayudarnos pero la UME no limpia Madrid. Vemos en las televisiones cómo los vecinos limpian Madrid. Gracias a los vecinos por ayudarnos pero los vecinos no limpian Madrid. Vemos en las Redes Sociales videos de barrenderos "supuestamente parados con la que está callendo", videos grabados desde la comodidad de una casa con calefacción, sin saber si ese "vago" al que "pago con mis impuestos" lleva 14 horas durante 8 días trabajando, sin saber si no puede más y necesita descansar porque le duelen los riñones, las manos, las muñecas... sin saber si tiene el pantalón y los zapatos empapados y está aterido de frío, que está partiendo literalmente piedra, con una pala y que cuando acaba su jornada y se queda otra jornada VOLUNTARIAMENTE para limpiar las calles, no pasa por su vestuario para cambiarse de ropa, que entra en el primer bar que encuentra, come un bocadillo y sigue, y lo hace por responsabilidad no por dinero. Conozco muchísimos compañeros y compañeras que no hacen horas extras nunca, llevan años sin hacerlas pero llevan más de una semana doblando sin, ni siquiera preguntar cuánto les van a pagar, no es necesario, sabemos cual es nuestro trabajo, sabemos lo importante que SOMOS, sabemos que sin nosotros la UME o los vecinos, no hubieran podido limpiar sus calles. Gracias de nuevo a la UME y a los Vecinos y Vecinas de Madrid, a los que nos han bajado un café, chocolate, un dulce mientras trabajámos sin descanso, a los que nos han dado ánimo, a los que nos han prestado herramienta para hacer más llevadero el trabajo. Gracias ya que han sido la mayoría.

Y Gracias a los compañeros y compañeras de la Limpieza Pública Viaria. A los compañeros de SDF y de Diario. Este servicio esencial respondió y responde durante la pandemia y sigue respondiendo en el temporal. Gracias de verdad, fuisteis y seréis los y las héroes de Madrid. 



Mención especial para los compañeros de Parques y Jardines y de Recogida de Residuos que también están al pie del cañón estos días. Gracias. 











 

23 marzo 2020

MEDIDAS PREVENTIVAS EXIGIDAS POR INSPECCIÓN DE TRABAJO EN NUESTRO SECTOR

En relación a este articulo donde se marcan las actuaciones de inspección de Trabajo 
http://www.somossindicalista.es/2020/03/actuaciones-de-la-inspeccion-de-trabajo.html os hacemos un resumen de qué se pide en nuestro sector en concreto.  

El artículo 2 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero se especifica la evaluación de un puesto de trabajo cuando se trate de trabajos que impliquen la exposición a varias categorías de agentes biológicos, los riesgos se evaluarán basándose en el peligro que supongan todos los agentes biológicos presentes.
 El Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo. En su Art.3 se clasifican los agentes biológico por peligrosidad y su punto d) dice: Agente biológico del grupo 4: aquél que causando una enfermedad grave en el hombre supone un serio peligro para los trabajadores, con muchas probabilidades de que se propague a la colectividad y sin que exista generalmente una profilaxis o un tratamiento eficaz.

Ahora viene lo importante y que nos toca:

Artículo 6. Reducción de los riesgos.
1. Si los resultados de la evaluación a que se refiere el artículo 4 pusieran de manifiesto un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores por exposición a agentes biológicos, deberá evitarse dicha exposición. Cuando ello no resulte factible por motivos técnicos, habida cuenta de la actividad desarrollada, se reducirá el riesgo de exposición al nivel más bajo posible para garantizar adecuadamente la seguridad y la salud de los trabajadores afectados, en particular por medio de las siguientes medidas:
a) Establecimiento de procedimientos de trabajo adecuados y utilización de medidas técnicas apropiadas para evitar o minimizar la liberación de agentes biológicos en el lugar de trabajo.
b) Reducción, al mínimo posible, del número de trabajadores que estén o puedan estar expuestos.
c) Adopción de medidas seguras para la recepción, manipulación y transporte de los agentes biológicos dentro del lugar de trabajo.
d) Adopción de medidas de protección colectiva o, en su defecto, de protección individual, cuando la exposición no pueda evitarse por otros medios.
e) Utilización de medios seguros para la recogida, almacenamiento y evacuación de residuos por los trabajadores, incluido el uso de recipientes seguros e identificables, previo tratamiento adecuado si fuese necesario.
f) Utilización de medidas de higiene que eviten o dificulten la dispersión del agente biológico fuera del lugar de trabajo.
g) Utilización de una señal de peligro biológico como la indicada en el anexo III de este Real Decreto, así como de otras señales de advertencia pertinentes.
h) Establecimiento de planes para hacer frente a accidentes de los que puedan derivarse exposiciones a agentes biológicos.
i) Verificación, cuando sea necesaria y técnicamente posible, de la presencia de los agente biológicos utilizados en el trabajo fuera del confinamiento físico primario.
2. La evaluación de riesgos a que se refiere el artículo 4 deberá identificar a aquellos trabajadores para los que pueda ser necesario aplicar medidas especiales de protección.

Artículo 7. Medidas higiénicas.
1. En todas las actividades en las que exista riesgo para la salud o seguridad de los trabajadores como consecuencia del trabajo con agentes biológicos, el empresario deberá adoptar las medidas necesarias para:
a) Prohibir que los trabajadores coman, beban o fumen en las zonas de trabajo en las que exista dicho riesgo.
b) Proveer a los trabajadores de prendas de protección apropiadas o de otro tipo de prendas especiales adecuadas.
c) Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados y adecuados para uso de los trabajadores, que incluyan productos para la limpieza ocular y antisépticos para la piel.
d) Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpian y se comprueba su buen funcionamiento, si fuera posible con anterioridad y, en todo caso, después de cada utilización, reparando o sustituyendo los equipos defectuosos antes de un nuevo uso.
e) Especificar los procedimientos de obtención, manipulación y procesamiento de muestras de origen humano o animal.
2. Los trabajadores dispondrán, dentro de la jornada laboral, de diez minutos para su aseo personal antes de la comida y otros diez minutos antes de abandonar el trabajo.
3. Al salir de la zona de trabajo, el trabajador deberá quitarse las ropas de trabajo y los equipos de protección personal que puedan estar contaminados por agentes biológicos y deberá guardarlos en lugares que no contengan otras prendas.
4. El empresario se responsabilizará del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo y los equipos de protección a que se refiere el apartado anterior, quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven los mismos a su domicilio para tal fin. Cuando contratase tales operaciones con empresas idóneas al efecto, estará obligado a asegurar que la ropa y los equipos se envíen en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas.

Es importante velar por nuestra salud. La empresa debe garantizarla. Si estas condiciones no se dan, la Ley de Protección de Riesgos Laborales autoriza al comité de salud laboral a paralizar el servicio y llamar a Inspección de Trabajo para que un Inspector decida si se cumplen las condiciones para realizar nuestra labor.

16 julio 2019

MEJORA DE EMPLEO PARA DIARIO, NADA PARA SDF

Como sabéis, el viernes pasado UGT con su mayoría en el comité de empresa de Puente de Vallecas firmó un acuerdo de horas extraordinarias para "regularlas" ya que parece ser que era "inevitable" su realización.
En principio esa afirmación es falsa. El convenio en su artículo 11 prohíbe la realización de horas extras salvo pacto con el comité, que es lo que se ha hecho este viernes, dar carta blanca a la realización de horas sin mejorar primero las condiciones del colectivo de SDF. 

En este sentido este acuerdo supuestamente mejora dicho colectivo. Veamos lo que dice el nuevo acuerdo : "Tendrán prioridad en la realización de estos servicios el colectivo de trabajadores a tiempo parcial... según lo establecido en el art.12 del ET". Veamos lo que dice el convenio colectivo: "Para las suplencias de vacaciones y campañas especiales... teniendo preferencia sobre contrataciones eventuales para tales puestos". Como veis, el convenio prácticamente ya os daba  lo que en este acuerdo se ha firmado, la prioridad para las ampliaciones a diario y por tanto, no se ha mejorado a este colectivo. Incluso si lo miras bien, puede que lo empeore. ¿Por qué decimos esto? El mismo acuerdo habla de las horas complementarias que deberán firmar los que se apunten a este colectivo, ya que las horas extraordinarias para el colectivo a tiempo parcial están prohibidas por el ET en su art.12c donde dice que los trabajadores a tiempo parcial no podrán
realizar horas extras. Sobre las horas complementarias el mismo artículo del ET dice que si un trabajador quisiera dejar de realizarlas, tendrá que esperar al menos un año y sólo podrá dejar de realizarlas por 3 puntos muy tasados. Esto significa el dicho trabajador estará obligado a acudir siempre que la empresa lo solicite, quiera o no, pueda o no.  En fin, en vez de mejorar el colectivo de SDF obligando a las empresas a
que puedan trabajar de lunes a viernes, se están creando las bases para que acaben firmando un contrato de ampliación que les aboca a quedarse en dicha jornada de por vida. Eso sin contar que, como el colectivo a tiempo parcial no puede hacer horas extras, vuestras ampliaciones se pagarán a hora ordinaria, al contrario que las ampliaciones de los compañeros de diario a SDF, que se les pagará a un 25% más.
  Que quede claro que esto no es un ataque al colectivo de diario ya que ellos no tienen la culpa de la firma de este acuerdo, simplemente constatamos que esta acuerdo se ha firmado exclusivamente para la mejora del colectivo de diario obviando al colectivo menos favorecido como es el de SDF.  El acuerdo dice claramente en su punto SEGUNDO que "estos incrementos.. se efectuarán con los trabajadores que prestan sus servicios de lunes a viernes" que "obligatoriamente tendrán que realizarlas los inscritos", dejando de ser voluntarias para ser obligatorias. y con la posibilidad de pagar como extras los 2 días de navidad  que se les da en el convenio si los trabajan.
Como veis, este acuerdo está enfocado única y exclusivamente a la mejora del colectivo de diario, olvidando como siempre al colectivo de SDF. Sí es cierto que la empresa se ha comprometido con el total del comité y no sólo con UGT a sentarse para hablar de hacer las ampliaciones de lunes a viernes, pero simplemente es un compromiso, ni es un acuerdo ni hay nada. Lo que tenemos claro es que al colectivo de diario se le mejora y al colectivo de SDF se le promete estudiarlo.  

Nosotros no estamos ni hemos estado nunca en contra de las horas extraordinarias. Sí es cierto que tenemos un concepto distinto del trabajo, pero tenemos claro que no impondremos nuestra manera de pensar a la libertad de cada uno para decidir qué hacer. Lo que podemos asegurar es que:   

       Sección Sindical Somos Sindicalistas Puente de Vallecas.

20 agosto 2018

TODO VALE POR GANAR LAS ELECCIONES.SOMOS SINDICALISTAS LPV INFORMA: Todo vale por ganar la elecciones. (Escrito a la empresa en relación al preaviso de elecciones y la "posible" ilegalidad en la firma de la disposición transitoria cuarta firmada por las empresas en el Convenio Colectivo)


En relación al preaviso de elecciones sindicales promovido por la Organización
sindical UGT diferenciado por distritos, el cual ustedes, parece ser, han aceptado
sin ningún reparo, he de recordarles lo que la legislación vigente marca al respecto
y por tanto la ilegalidad que constituye dicha aceptación.
En primer lugar el art 63.1 del ET dice claramente: “El comité de empresa es el
órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores en la empresa
o centro de trabajo para la defensa de sus intereses, constituyéndose en cada
centro de trabajo cuyo censo sea de cincuenta o más trabajadores.” A este
respecto la sentencia de casación del tribunal Supremo con fecha de Resolución
del 19/03/2001 especifica claramente que, como norma general, las elecciones
sindicales se harán por “centros de trabajo”, y que “para ser considerados
como tales y no como simples puestos de trabajo diseminados, pues amén
de constituir cada uno una unidad productiva autónoma con organización
específica y estar de dados de alta como tales ante la Autoridad Laboral,
cuentan con libro de matricula propio, cotización singular por el I.A.E. y la
Seguridad Social, y contabilidad independiente de perdidas, ganancias y
amortizaciones, así como su propio inventario”. Entendiendo que cada centro
de trabajo de la UTE lote 5 no cumple con dichos requisitos, queda claro que la
unidad electoral es la totalidad de la empresa (la plantilla) y no la separación por
distritos, ya que no existe legislación que lo permita. Dicha sentencia subraya
igualmente que “no cabe convocatoria y celebración en un ámbito superior al
centro de trabajo, mediante la agrupación de varios de ellos con la finalidad de
obtener por esa vía una representación distinta en número o calidad a la querida
por la Ley”. Recordando que es sentencia de CASACIÓN DEL TRIBUNAL
SUPREMO, queda claro que el preaviso electoral promovido por UGT con la
supuesta comnivencia de la Empresa es a todas luces ilegal ya que por esa via “se
obtiene una representación distinta en número o calidad a la requerida por la
ley”. Además el Auto del TRIBUNAL SUPREMO sala 4ª de lo social del 29 de
abril del 2014 nº de recurso 2657/2012 deja claro que “todas las tiendas no
constituyen centros de trabajo diferenciados...que no actuaban de forma
autónoma, sino que todo lo relativo a ellas se encontraba centralizado a
traves de la Dirección. Avala ésta solución el hecho de que la empresa ha venido
reconociendo a todas las tiendas como una sola, al ADMITIR LA EXISTENCIA UN SOLO COMITÉ DE EMPRESA O COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD...” Caso
idéntico a lo sucedido en la Ute lote 5 donde la empresa centraliza el trabajo de los
distintos cantones y ya admitió en las anteriores elecciones sindicales la
existencia de un solo Comité de Empresa y Comité de Seguridad y Salud. No
se entiende el cambio de criterio sin razones objetivas que lo apoyen. Razones
objetivas, que segun la legislación tampoco tendrían valor.
Al respecto de la supuesta comnivencia entre la Organización sindical UGT y la
empresa, quiero recordarles la DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA del actual
Convenio Colectivo de Limpeza Viaria de Madrid Capital (2018-2020), firmada
únicamente por el sindicato en cuestión y ustedes, sin el beneplácito de las otras 2
organizaciones sindicales negociantes del Convenio ( CCOO y CGT), donde pactan
que “la unidad electoral será el distrito Municipal del Ayuntamiento de
Madrid...” obviando el art. 63.3 del ET donde explica que “Sólo por convenio
colectivo podrá pactarse la constitución y funcionamiento de un comité
intercentros con un máximo de trece miembros” en ningún caso se permite la
negociación y acuerdo de la partición de la unidad electoral en convenio colectivo,
unicamente la constitución de un comité intercentros. Entendiendo que dicha
disposicion transitoria no puede tener efecto ya que es de una ilegalidad manifiesta,
Ilegalidad firmada por ustedes, la pregunta es ¿Cómo una empresa a la que
legalmente le corresponderían 17 miembros del comité y 4 delegados sindicales,
supuestamente negocia y pacta ILEGALMENTE 36 miembros del comité y entre
10 y 16 delegados sindicales? ¿Cambiar de 21 representantes a unos 50
representantes?. la Sentencia de la Audiencia Nacional de 27 de enero de 2000
anula esta posible situación al decir “Cuando la empresa utilice sus facultades
empresariales de organización funcional y territorial directamente para alterar
las expectativas de representatividad sindical, está vulnerando el derecho
fundamental a la libertad sindical del artículo 28.1 de la Constitución Española. La
posibilidad de que el empresario, utilizando sus facultades de organización,
diversifique la empresa implantando centros en el lugar que sea oportuno, no
puede suponer que éste obstaculice la acción de los representantes de los
trabajadores.” He de recordarles que es UGT quien realiza el preaviso de
elecciones, pero son ustedes los que, al parecer, aceptan y hacen los cambios en
el organigrama en “los lugares oportunos” para que dichas elecciones puedan
realizarse de la manera pactada unilateralmente con la Organización Sindical antes
referida. Cambios que perjudican y obstaculizan la acción directa de la
organización a la cual represento.
.
Creemos sinceramente que este acuerdo sólo busca “la finalidad de obtener una
representación distinta en número o calidad...” Creemos que busca claramente
mejorar los resultados de alguna Organización sindical concreta e intenta empeorar
los resultados de otras como la nuestra.
Por tanto, exigimos que no admita el preaviso de elecciones presentado por UGT y
se atenga a lo que la Ley en esta materia dicta.

 J. Jorge Collantes Martín.
 Delegado sindical UTE Lote 5 y Responsable Limpieza Viaria

29 abril 2018

COMUNICADO SOBRE LA CONVOCATORIA DE HUELGA EN LIMPIEZA VIARIA.


Os dejamos los comunicados de los sindicatos negociadores y nuestra posición al respecto: 


Desde Somos Sindicalistas y después de haber tomado en cuenta las distintas informaciones que nos han llegado de los sindicatos negociantes, queremos manifestar nuestra posición ante los últimos acontecimientos ocurridos en la negociación de nuestro Convenio Colectivo:

En primer lugar queremos dejar claro que ni confiamos ni creemos en el por qué ni en el cúando de la convocatoria de la huelga. De igual manera reconocemos que UGT es el sindicato mayoritario en el sector y la negociación y por tanto tiene la potestad para decidir cómo y cúando convoca.

En segundo lugar comunicar que sólo asistiremos a las manifestaciones y concentraciones convocadas por el conjunto de la mesa negociadora y por tanto, la concentración convocada unilateralmente para el 1 de mayo, no entra dentro del conflicto.

Dicho esto, Somos Sindicalistas nació debido al descontento de una parte de trabajadoras que están descepcionadas con el sindicalismo actual.
Uno de nuestros pilares es el asamblearismo, creemos firmemente que las bases deben decidir el futuro y el camino a seguir y por tanto, si las compañeras deciden por mayoría en asamblea o asambleas ir a huelga, Somos Sindicalistas Limpeza Viaria apoyará, participará y luchará para conseguir las peticiones de la mesa en su conjunto.

Fuerza y Honor.

SOMOS SINDICALISTAS, OTRA FORMA DE HACER SINDICALISMO.





06 marzo 2018

YO ME CAGO EN TU MERMA ECONÓMICA


En primer lugar pedir disculpas por algunas palabras o frases que puedan ofender a la lectora. Dicho esto, empezaré diciendo que me avergüenza haber pertenecido y representado a un "sindicato" que hace tiempo dejó de serlo.
Hoy he recibo un wasap enviado por varias compañeras con el acuerdo de empresa y, no se si por UGT o por todo el comité, sobre la huelga feminista del 8 de Marzo. Tenéis que tener en cuenta la letra en negrita, ya que recalca lo importante en el escrito que os adjunto. 
Deciros que UGT y CCOO no apoyan la huelga de 24 horas con la excusa de "no todas las mujeres pueden apoyarla" así que deciden hacer un paro de 2 horas para éstas. Cosa que también es falsa, ya que en cada empresa o Administración Pública, sindicatos mayoritarios y empresa acuerdan distintos tiempos. Empezando por los 5 minutos por turnos de Renault y pasando por "la hora" de limpieza viaria Lote 5. Tenéis que entender que los sindicatos están para defender, negociar, exigir y Luchar por los derechos de los y las trabajadoras. Y en este tema tan importante te dicen: "nooo, nooo. Nosotros no apoyamos la huelga de 24 horas y hacemos paros de 2 horas, pero claro, si paramos esas 2 horas nos van a descontar dinero, así que mejor hacemos una concentración en la puerta, SIN CAMBIARNOS, la última hora de cada turno y así no tenemos ninguna merma económica". Y se quedan tan anchos, Así sin más.
¿Desde cuándo es más importante la merma económica que luchar y reivindicar los derechos de las mujeres? ¿Os imagináis a los sindicatos diciéndoos en la huelga del 2013 "Oye, que en vez de estar 12 días de huelga, vamos a parar todos los días un ratito, hasta que las empresas no tengan más cojones que tragar con nuestras reivindicaciones y a si no tenemos merma económica?      
¿Que las 49 MUJERES Y 8 NIÑOS Y NIÑAS MUERTAS, 
LA VIOLENCIA MACHISTA,
LA REPARTICIÓN DEL CUIDADO EQUITATIVO ENTRE HOMBRES Y MUJERES, 
LA APROBACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL LUGAR DE TRABAJO, O LAS 
MÁS DE 2 MILLONES  DE MUJERES EN PARO, 
entre otras reivindicaciones no merece una pequeña merma económica? ¿No son tan importantes o más esas reivindicaciones que las nuestras en la famosa huelga de Limpieza Viaria de 2013?
Si trabajarais 14 a 16 horas diarias, los 7 días a la semana, los 30 días del mes, los 365 días del año por un salario de mierda ¿No haríais una huelga hasta conseguir mejor horario y salario, como mínimo?
Entonces ¿Cómo estos sindicatos tienen la poca vergüenza de acordar 40 minutitos para no tener una puta MERMA ECONÓMICA? ¿Desde cuando los sindicatos se reúnen para acordar cuánto y cómo debemos pelear por nuestros derechos?
Y lo mejor de todo es que, lógicamente, al final del escrito terminan diciendo "quien quiera asumir el parón convocado de 2 H, tendrá merma salarial". ¿Coño! como sino lo supiéramos. Pero te lo dejan caer. "Nosotros os hemos conseguido una horita y así quedamos todos bien y no perdemos dinero. Ahora vosotras veréis"
¿Os imagináis este acuerdo aquí expuesto, si esta reunión entre empresa y UGT la hubieran protagonizado MUJERES en vez de hombres? ¿Creéis que esto hubiera ocurrido?
Me AVERGÜENZA. ¿Cuándo esta gente dejó de hacer sindicalismo para hacer sindicato? Los putos amigüismos, enchufes, liberados que deben seguir siendo liberados han hecho que se acuerde no joder a la empresa. "Venga, paramos al final de jornada como si fuera la hora de cobro y así no os jodemos el servicio."
Simplemente por esta falta de respeto hacia vosotras, éste "me importa una mierda vuestros problemas", me plantearía no sólo, no parar la hora ni hacer el paro de 2 horas, sino parar el día entero y demostrar a estos que acuerdan por vosotras cuánto cuestan vuestros derechos, que ni 15 euros ni 5000, pueden hacer que no luchéis por vuestros derechos, ya que ellos hace años que dejaron de hacerlo. Lo dicho "YO ME CAGO EN TU MERMA ECONÓMICA."

Jorge Collantes Martín
Responsable de Limpieza Viaria y 
Portavoz de Somos Sindicalistas.





19 mayo 2017

ASAMBLEA ORDINARIA DE SOMOS SINDICALISTAS

Buenas tardes compañeras, os recuerdo que el sábado que viene tenemos la Segunda Asamblea Ordinaria de Somos Sindicalistas, como sabeis todas teneis derecho a presentaros a los Órganos de Dirección ya que todas tenemos los mismos derechos en Somos Sindicalistas. Os dejo el enlace donde cualquier afiliada puede presentarse.
Jorge Collantes:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdDEv9LjGyXrflaxGRMaqOQ8RNRKOOvDoDITzvMO0rD7x7uaA/viewform